7ª Entrega y última: Fallo

Llegamos ya a la esperada decisión de la Sala.


Una decisión firme y contra la que no cabe recurso ordinario alguno. Aunque las defensas de los condenados han anunciado que interpondrán un recurso de amparo al Tribunal Constitucional y una impugnación de la sentencia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.


·         Condena como autores de un delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación, agravado por razón de su cuantía a:

ü  Oriol Junqueras, a las penas de 13 años de prisión y 13 años de inhabilitación absoluta

ü  Raül Romeva, a las penas de 12 años de prisión y 12 años de inhabilitación absoluta

ü  Jordi Turull, a las penas de 12 años de prisión y 12 años de inhabilitación absoluta

ü  Dolors Bassa, a las penas de 12 años de prisión y 12 años de inhabilitación absoluta 

·         Condena como autores de un delito de sedición a:

ü  Carme Forcadell, a las penas de 11 años y 6 meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta

ü  Joaquim Forn, a las penas de 10 años y 6 meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta

ü  Josep Rull, a las penas de 10 años y 6 meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta

ü  Jordi Sánchez, a las penas de 9 años de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta

ü  Jordi Cuixart, a las penas de 9 años de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta

·         Condena como autores de un delito de desobediencia a:

ü  Santiago Vila, a las penas de multa de 10 meses, con una cuota diaria de 200 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos o ejercicio de funciones de gobierno en cualquier ámbito por un periodo de 1 año y 8 meses.

ü  Meritxell Borràs, a las penas de multa de 10 meses, con una cuota diaria de 200 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos o ejercicio de funciones de gobierno en cualquier ámbito por un periodo de 1 año y 8 meses.

ü  Carles Mundó, a las penas de multa de 10 meses, con una cuota diaria de 200 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos o ejercicio de funciones de gobierno en cualquier ámbito por un periodo de 1 año y 8 meses.

·         Se absuelve de los delitos de rebelión y organización criminal a todos los acusados

El alzamiento tendencialmente dirigido a la comisión del delito de rebelión exige como elemento esencial la violencia.

La violencia tiene que ser una violencia instrumental, funcional, pre-ordenada de forma directa, sin pasos intermedios.

La tipicidad surge desde la puesta en peligro del bien jurídico, pero ese riesgo ha de ser real y no una mera ensoñación del autor o un artificio engañoso creado para movilizar a unos ciudadanos.

En cuanto al delito de pertenencia a organización criminal, ni el relato fáctico sobre el que la acción popular apoyaba el delito, ni el hecho probado que la Sala proclama (sedición) sirven para sostener la comisión de este delito.

·         Se absuelve del delito de malversación de caudales públicos a los acusados:

ü  Joaquim Forn

ü  Josep Rull

ü  Santiago Vila

ü  Meritxell Borràs

ü  Carles Mundó

No quedar acreditado que los dirigentes políticos hubieran puesto la estructura de los departamentos que dirigían al servicio de gastos concretos justificados para la celebración del referéndum ilegal.

·         Se condena a los acusados en costas en los términos ya expresados en el apartado F)

Se remite testimonio de esta resolución a:

·         Tribunal de Justicia de la Unión Europea para su incorporación al expediente de la cuestión prejudicial sobre el alcance de la inmunidad parlamentaria de algunos acusados.

·         Junta Electoral Central y a las Juntas Electorales Provinciales de la Comunidad Autónoma de Cataluña para que los condenados no puedan figurar en las listas electorales para próximos comicios.

·         Tribunal de Cuentas a los efectos de reclamación de la responsabilidad civil a aquellos acusados que han resultado condenados por un delito de malversación de caudales públicos

En cuanto a las peticiones de deducción de testimonio de particulares (aquellos que mintieron siendo llamados como testigos en el juicio oral) se resolverá en resolución aparte.