La maquinaria del Estado

La maquinaria del Estado se ha puesto en marcha a partir de la entrada en vigor del decreto de convocatoria de la consulta soberanista catalana (firma del presidente de la Generalitat y posterior publicación en el Diario Oficial autonómico, día 27 de septiembre, sábado).

Los "engranajes" que se han movido han sido estos:

  1. El mismo sábado el Gobierno solicitó al Consejo de Estado (órgano consultivo del Ejecutivo) la elaboración de un dictamen sobre la constitucionalidad de la ley de consultas y el decreto de convocatoria catalanas.
  2. El domingo el Consejo de Estado aprobó por unanimidad los dictámenes en los que apoya que el Gobierno recurra ante el Tribunal Constitucional la ley y el decreto antes mencionados.
  3. El lunes el Consejo de Ministros se reunió, con carácter extraordinario, para analizar el texto del Consejo de Estado y acordó la presentación de los recursos ante el Alto Tribunal.
  4. Ese mismo lunes la abogacía del Estado fue la encargada de presentar dichos recursos ante el Tribunal Constitucional.
  5. En la tarde del lunes el Tribunal Constitucional, en pleno extraordinario, se reunió para debatir la admisión de los recursos admitiéndolos a trámite. Hasta que no se pronuncie sobre el fondo de las cuestiones suspende la aplicación tanto de la ley como del decreto, es decir no tienen efecto jurídico alguno por lo que será ilegal realizar cualquier acto o preparativo orientado a celebrar la consulta. Dicha suspensión tendrá una vigencia de cinco meses si para entonces no ha dictado sentencia.                                                                                                                                                                     Hay que recordar que en marzo del 2013 el Alto Tribunal ya se pronunció declarando inconstitucional la declaración soberanista aprobada en enero de ese mismo año por el Parlamento catalán.
    "Cataluña no es soberana pero el derecho a decidir es válido por cauces legales"                                                                                                                                                          
  6. El Tribunal comunicará la admisión a trámite de los recursos y la suspensión de la consulta tanto al Congreso, al Senado como a la Generalitat de Cataluña.
  7. En un plazo de 15 días el Ejecutivo catalán tendrá que presentar sus alegaciones.

La pelota está en el tejado del Tribunal Constitucional pero también en los dirigentes de Cataluña pues deben acatar dicha suspensión.